martes, 14 de agosto de 2012

Si vives de alquiler y pagas el IBI puedes deducirlo del IRPF


Si se está viviendo en régimen de alquiler y además se está pagando el IBI o las cuentas de comunidad de la vivienda, es posible deducir dichos gastos en la declaracion de IRPF.

La Dirección General de Tributos reconoce deducibles por alquiler de vivienda habitual del IRPF los gastos que, siendo competencia del dueño de la casa, repercuten en el inquilino.

En concreto, en el articulo 68.7 de la ley de IRPF se permite a los contribuyentes que deduzcan el 10,05% de las cantidades de dicho concepto de las rentas del alquiler. El límite de esa deducción se cuantifica en 9.040 euros anuales.



ALQUILIA PROTECCIÓN
Protegiendo los alquileres
902 11 12 64

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