Si se está viviendo en régimen de alquiler y además se está pagando el IBI o las cuentas de comunidad de la vivienda, es posible deducir
dichos gastos en la declaracion de IRPF.
En concreto, en el articulo 68.7 de la ley de IRPF se permite a
los contribuyentes que deduzcan el 10,05% de las cantidades de dicho concepto de
las rentas del alquiler. El límite de esa deducción se cuantifica en 9.040
euros anuales.
ALQUILIA PROTECCIÓN
Protegiendo los alquileres
902 11 12 64
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